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Modificación en el reconocimiento de cotización para becarios

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Modificación en el reconocimiento de cotización para becarios

El 1 de agosto se publicó la Orden ISM/812/2024, de 26 de julio, que modifica la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, con el objetivo de resolver las polémicas relacionadas con el reconocimiento de los periodos de prácticas a efectos de cotización y su impacto económico en las empresas.

Esta nueva Orden regula la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social para computar la cotización de los periodos de prácticas formativas y académicas externas, reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley General de la Seguridad Social. La normativa permite computar hasta cinco años de cotización por prácticas no remuneradas realizadas antes del 1 de enero de 2024, y remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011.

Ante las críticas recibidas por el alto coste para los becarios al reconocer la cotización de estas prácticas, el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social decidió convocar una mesa de negociación para introducir modificaciones, que se publicaron en el BOE el pasado 1 de agosto.

Principales Modificaciones:

  1. Reducción del coste del convenio especial: Se establece la base de cotización para el cálculo de la cuota en la base mínima de cotización del grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social vigente durante la realización de las prácticas.
  2. Compatibilidad de convenios especiales: Se permite la suscripción de un segundo convenio especial que posibilite el cómputo de hasta 1.825 días de prácticas en cada uno, siempre que los periodos no se superpongan ni hayan sido contabilizados en convenios anteriores, según la disposición adicional primera del Real Decreto 1493/2011.
  3. Flexibilización del pago de la cuota: Se facilita el pago de la cuota resultante, permitiendo que se realice de forma fraccionada en un plazo máximo de 84 mensualidades.
  4. Ampliación de la fecha límite: Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028 el plazo para suscribir el convenio especial.

Esta Orden entró en vigor el 2 de agosto, con un régimen transitorio para las solicitudes presentadas antes de su entrada en vigor. Las solicitudes presentadas entre el 1 de junio de 2024 y el 1 de agosto de 2024 y que no hayan sido resueltas, se resolverán conforme a lo establecido en la Orden ISM/812/2024. Para las solicitudes ya resueltas, el interesado puede solicitar la modificación del convenio especial para adecuarlo a las nuevas condiciones, y la Tesorería General de la Seguridad Social adaptará de oficio la base de cotización.

Regulación de los periodos de prácticas

Esta modificación supone un paso importante en la regulación de los periodos de prácticas, aliviando el coste para los interesados y flexibilizando los requisitos para su cotización. Estas nuevas condiciones permiten a los becarios y a las empresas contar con un marco normativo más claro y accesible, que reconoce el valor de la experiencia formativa.

En MAS Prevención, estamos comprometidos a mantener a nuestros clientes informados sobre las novedades legislativas que impactan en el ámbito laboral y de la seguridad social. Nuestro equipo está disponible para asesorar y acompañar a las empresas y personas trabajadoras en la adaptación a estos cambios normativos, garantizando el cumplimiento y la optimización de sus procesos. No dudes en contactarnos para recibir más información o para cualquier consulta relacionada con esta modificación y cómo puede afectar a tu organización.